Planes de Igualdad

Consultoría especializada en Planes de Igualdad, Auditoría Retributiva, Registro Salarial, Protocolos de prevención del acoso sexual y por razón de sexo, Formación en Igualdad.

Elaboramos el Plan de Igualdad de tu Empresa a lo largo de las distintas fases que lo componen

¿Qué es un Plan de igualdad?

Los planes de igualdad de las empresas son un conjunto ordenado de medidas, adoptadas después de realizar un diagnóstico de situación, tendentes a alcanzar en la empresa la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminación por razón de sexo.

¿Cuándo es obligatorio el Plan de igualdad?

Según el Real Decreto Ley 6/2019, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación, hasta junio de 2020 era obligatorio para empresas de más de 151 trabajadores, desde el pasado 7 de marzo de 2021 lo es también para empresas de más de 101 trabajadores, y a partir del próximo 7 de marzo de 2022 será obligatorio para empresas de más de 50 trabajadores, así como para las que vengan obligadas por su Convenio colectivo o hayan recibido un procedimiento sancionador al respecto.

¿Cómo se elabora un plan de igualdad?

  1. Paso 1: Compromiso, constitución de la comisión y comunicación a plantilla.
  2. Paso 2: Realización de un estudio.
  3. Paso 3: Informe de Diagnóstico.
  4. Paso 4: elaboración del Plan de igualdad.
  5. Paso 5: Inscripción del Plan de igualdad.
  6. Paso 6: Implementación.

¿Nos enfrentamos a sanciones si no cumplimos con el plan?

Las empresas que no cumplan con la obligación de tener un Plan de Igualdad podrían incurrir en una multa grave o muy grave.

Según la ley de Infracciones y Sanciones, si las empresas no disponen de este plan podría sancionárseles con multas entre 626 a 187.515 euros.

AUDITORÍA RETRIBUTIVA

Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de Igualdad Retributiva entre mujeres y hombres. Registro Salarial y Valoración de Puestos de Trabajo

REGISTRO RETRIBUTIVO

Obligatorio para todas las empresas según RD 902/2020

Desde el pasado 14 de abril de 2021 todas las empresas obligatoriamente deberán tener un listado salarial, independientemente del volumen de su plantilla.

Elaboramos el Registro Retributivo para dar cumplimiento a la legislación vigente, y combatir con las posibles brechas salariales

PROTOCOLOS DE ACOSO

Prevención del acoso laboral y por razón de sexo, así como otras formas de discriminación ilícita en la empresa.