Protección de Datos

Somos especialistas en adaptaciones a Empresas de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD) y al Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (RGPD).

Conoce la Ley

La Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos y Garantía de Derechos Digitales (LOPDGDD), entró en vigor el 6 de diciembre de 2018, sustituyendo a la antigua Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal. El objetivo de la LOPDGDD es adaptar la legislación española a la normativa europea, definida por el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), vigente desde el 25 de mayo de 2018.

Por tanto, si hablamos de protección de datos en España, la norma de referencia es la LOPDGDD.

Esta ley establece los requisitos y obligaciones en materia de protección de datos en empresas sobre cómo proceder con la información personal, así como los derechos que asisten a usuarios y consumidores.

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Qué hacemos

En Madary Consulting, nuestra misión es facilitar soluciones de cumplimiento normativo y Consultoría de Protección de datos a todo tipo de empresas y profesionales, tanto públicos como privados, a Comunidades de Propietarios, Despachos jurídicos, Colegios oficiales, Ayuntamientos, Asociaciones.

Podemos ayudarte a resolver los problemas que afectan a tu negocio y tus necesidades. Somos expertos en la Protección de Datos y en las soluciones relacionadas con la tecnología. Nuestro equipo siempre está al día con las últimas regulaciones para asegurarnos de que cada uno de nuestros clientes cumplan siempre con LOPDGDD. Tanto si tu empresa está empezando como si gestionas una infraestructura técnica compleja, estamos aquí para optimizar y solucionar tus dudas y responder a las cuestiones que necesites plantearnos.

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Delegado de Protección de Datos

En el caso de que su empresa necesitara Delegado, uno de nuestros consultores acreditados, actuaría en calidad de DPD EXTERNO en nombre de su empresa, ante la Agencia Española de Protección de Datos. 

Delegado de Protección de Datos para empresas, autónomos, entidades, organizaciones, etc…

Cumple con los requisitos de cualificación y capacidad para el desarrollo de las funciones requeridas por el Reglamento (UE) 2016/679 de Protección de Datos.

El artículo 37 del Reglamento (UE) 2016/679 relativo a la protección de datos de las personas físicas (RGPD) indica que están obligados a designar un Delegado de Protección de Datos (DPD):

  • Las Autoridades u organismos públicos (excepto tribunales en el ejercicio de su actuación judicial)
  • Las entidades/organizaciones/empresas…que realicen actividades de tratamiento de datos personales que incluyan una observación sistemática y habitual de interesados a gran escala (por ejemplo, videovigilancia en estaciones, aeropuertos, parkings públicos, etc.)
  • Las entidades/organizaciones/empresas…que realicen actividades de tratamiento de datos de categorías especiales (salud, penales, etc..) a gran escala.

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Adaptación a la Ley 34/2002, de 11 julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico (LSSICE)

Redacción Aviso Legal/ Política de Privacidad Redacción de Términos y condiciones (incluyendo derecho de desistimiento, si procede)

  • Redacción cláusulas legales formulario contacto web
  • Redacción cláusulas legales correo electrónico/publicitario
  • Modelo de Aviso y Política de Cookies.

Infracciones y sanciones

Según la infracción, las sanciones LOPDGDD y RGPD administrativas pueden alcanzar de entre 10 y 20 millones de euros, o entre el 2 y el 4% del volumen de negocio anual global. Las infracciones se dividen en muy graves, graves y leves.

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